Contrato de apoyo a emprendores

El contrato de apoyo a emprendedores es una novedad introducida por primera vez en la normativa laboral en el año 2012. Es una nueva modalidad de contrato indefinido que tiene como objetivo fomentar la iniciativa empresarial facilitando la contratación de trabajadores.

Este tipo de contratos solo puede ser celebrado por empresas que cuentan con menos de 50 trabajadores. Esta limitación de carácter subjetivo supone que el mismo se dirija a la contratación que realizan los emprendedores que inician una actividad y que normalmente no tienen plantillas amplias.

El contrato de apoyo a emprendedores debe tener carácter indefinido aunque puede celebrarse a tiempo completo o parcial. Deberá formalizarse por escrito y se someterá en lo no previsto específicamente para este a las disposiciones propias de los contratos indefinidos.

Una de las características especiales de este tipo de contratos es la duración del periodo de prueba que, a diferencia del tiempo general, puede extenderse hasta un año.

La empresa de cincuenta o menos trabajadores que celebre este tipo de contratos con un trabajador podrá ser beneficiaria de incentivos de distinta índole. Estos beneficios se presentan en el plano fiscal y respecto a las cuotas que paga la empresa a la Seguridad Social.

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